En
primer lugar se debe presentar el Pasaporte
vigente o documento de viaje válido que lo remplace o documento de identidad, según el caso. También es necesaria la visa o el permiso vigente según el
caso y el registro civil.
Se necesita permiso de salida del padre o los padres que no van a viajar con los menores.
En el permiso debe aparecer la fecha de salida y de regreso, el objetivo del viaje y con quién viaja. El permiso debe estar autenticado ante notario público si el padre o la madre que autoriza la salida, está en Colombia. Si está en el exterior, se debe autenticar ante el consulado colombiano. En caso de no tener acceso a un consulado colombiano, el permiso debe estar diligenciado en español, se debe suscribir ante un notario público, se debe apostillar y siempre debe ser original.
Cuando uno de los padres esté fallecido, se debe presentar certificado de defunción del mismo, si los dos padres están fallecidos, lo que se debe presentar es el permiso de salida suscrito por el representante legal o el tutor del menor. Para los menores adoptados, se debe presentar la sentencia de adopción debidamente ejecutoriada.
Si los padres del menor están en conflicto, un Juez de familia deberá otorgar el permiso que se debe presentar. En caso de que la Patria Potestad del menor esté en cabeza de uno de los padres, se debe presentar la copia de la sentencia debidamente ejecutoriada. Si el permiso está otorgado por escritura pública, se debe presentar copia de la misma con la certificación de su vigencia.
Si el menor de edad tiene la doble nacionalidad, siendo una de ellas la colombiana, debe cumplir con los requisitos antes establecidos (en todo caso como nacional colombiano).
El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar otorgará el permiso de salida del menor, cuando el destino de los padres o de uno de ellos es desconocido cuando el menor carece de representante legal o cuando el padre o los padres no están en condiciones de otorgar esta autorización.
Recuerde que NO ES NECESARIO dejar una copia del registro civil al oficial de migración, pero si se debe presentar para corroborar el grado de parentesco con el menor, cuando este viaje con el nuevo formato del pasaporte colombiano (Con zona de lectura mecánica).
Países miembros de Mercosur
Se necesita permiso de salida del padre o los padres que no van a viajar con los menores.
En el permiso debe aparecer la fecha de salida y de regreso, el objetivo del viaje y con quién viaja. El permiso debe estar autenticado ante notario público si el padre o la madre que autoriza la salida, está en Colombia. Si está en el exterior, se debe autenticar ante el consulado colombiano. En caso de no tener acceso a un consulado colombiano, el permiso debe estar diligenciado en español, se debe suscribir ante un notario público, se debe apostillar y siempre debe ser original.
Cuando uno de los padres esté fallecido, se debe presentar certificado de defunción del mismo, si los dos padres están fallecidos, lo que se debe presentar es el permiso de salida suscrito por el representante legal o el tutor del menor. Para los menores adoptados, se debe presentar la sentencia de adopción debidamente ejecutoriada.
Si los padres del menor están en conflicto, un Juez de familia deberá otorgar el permiso que se debe presentar. En caso de que la Patria Potestad del menor esté en cabeza de uno de los padres, se debe presentar la copia de la sentencia debidamente ejecutoriada. Si el permiso está otorgado por escritura pública, se debe presentar copia de la misma con la certificación de su vigencia.
Si el menor de edad tiene la doble nacionalidad, siendo una de ellas la colombiana, debe cumplir con los requisitos antes establecidos (en todo caso como nacional colombiano).
El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar otorgará el permiso de salida del menor, cuando el destino de los padres o de uno de ellos es desconocido cuando el menor carece de representante legal o cuando el padre o los padres no están en condiciones de otorgar esta autorización.
Recuerde que NO ES NECESARIO dejar una copia del registro civil al oficial de migración, pero si se debe presentar para corroborar el grado de parentesco con el menor, cuando este viaje con el nuevo formato del pasaporte colombiano (Con zona de lectura mecánica).
Países miembros de Mercosur
·
Si el viaje es a un país miembro de Mercosur,
los menores de edad colombianos y extranjeros titulares de visa de residente en
Colombia, deben presentar el Pasaporte vigente o documento de viaje válido que
lo remplace o documento de identidad según el caso, el registro civil y el
permiso de salida suscrito por el o los padres que no viajen con el infante o
adolescente.
·
Países miembros de la CAN
Si los menores de edad colombianos y extranjeros titulares de visa de residente en Colombia van a viajar a un país miembro de la Comunidad Andina de Naciones, CAN, deben presentar el Pasaporte vigente o documento de viaje válido que lo remplace o documento de identidad según el caso, el registro civil y el permiso de salida suscrito por el o los padres que no viajen con el infante o adolescente.
Si los menores de edad colombianos y extranjeros titulares de visa de residente en Colombia van a viajar a un país miembro de la Comunidad Andina de Naciones, CAN, deben presentar el Pasaporte vigente o documento de viaje válido que lo remplace o documento de identidad según el caso, el registro civil y el permiso de salida suscrito por el o los padres que no viajen con el infante o adolescente.
·
Recomendaciones para viajeros internacionales
·
Las autoridades recomiendan a las personas
que tengan previsto salir de Colombia, por cualquiera de los puntos de
migración existentes en el país, presentar la cédula de ciudadanía y el
pasaporte vigente con la visa vigente exigida para el país de destino.
·
Para viajar a Venezuela por vía terrestre se
debe presentar el pasaporte con visa de ingreso a ese país. Si es por vía
aérea, debe presentar una reserva hotelera o una carta de invitación.
·
Para viajar al Ecuador, es exigible la
presentación en ese país del Certificado Judicial.
·
Si se pretende viajar como turista a los
países de Mercosur, excepto Venezuela, se debe presentar la cédula de ciudadanía
colombiana.
·
Si el viajero tiene o ha tenido
inconvenientes judiciales, debe hacer los trámites y solicitar las
certificaciones respectivas ante las autoridades competentes y radicarlos ante
Migración Colombia con la debida anticipación.
·
También se recomienda realizar el proceso de
chequeo en la empresa aérea, tres horas antes de la salida del vuelo, para así
poder ingresar a la zona de migración con la mayor antelación posible.
·
Toda la información sobre la salida de niños,
niñas y adolescentes del país la puede encontrar aquí
·
La Unidad Administrativa Especial Migración
Colombia es la entidad encargada de ejercer el control migratorio de manera
técnica y especializada, sobre nacionales y extranjeros que entran y salen del
país. Así mismo, adelanta las labores de registro, legalización y verificación
de actividades de ciudadanos extranjeros en el territorio nacional, con el fin
de identificar posibles factores de riesgo contra la seguridad y los intereses
generales de la Nación.
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