¿Está permitido llevar las cenizas de un difunto en
una urna como equipaje de mano?
Se permite transportar las cenizas o restos humanos
incinerados como equipaje de mano, en una Urna Funeraria apropiada, debidamente
cubierta y disimulada, y con un empaquetado anti-rotura. Los documentos
exigibles para este transporte son los Certificados de Defunción e
Incineración, los cuales podrían ser requeridos en el aeropuerto de origen, por
lo que siempre deberán llevarlos. Cuando las cenizas sean transportadas de un
país a otro, se aconseja contactar con el Consulado del país de destino sobre
posibles requerimientos de las Autoridades Locales.
·
TRANSPORTE DE CADÁVERES:
El ingreso o salida de cadáveres y restos óseos del
territorio nacional solo podrá realizarse, mediante autorización de la
autoridad sanitaria de la jurisdicción donde se encuentre el aeropuerto, quien
certificará las condiciones del cadáver para su traslado, las cuales no deben
representar riesgo para la salud pública.
1. TRANSPORTE DE CENIZAS.
El transporte aéreo de cenizas resultante de la cremación de un cadáver de un sitio a otro, no está sujeto a ninguna exigencia sanitaria salvo la que deben ir en un urna destinada para tal fin y deberá cumplir cuando se envíen por carga con los requisitos de embalajes solicitados por las líneas aéreas.
2. ACTIVIDADES PREVIAS DE TANATOPRÁXIA.
• Para el traslado de cadáveres por vía área se debe tener en cuenta que a estos siempre se les debe realizar un procedimiento de tanatopráxia, entendiéndose como la técnicas propias del manejo, preparación y conservación de cadáveres.
• Para realizar las actividades de tanatopráxia se utilizan líquidos que en altas concentraciones pueden convertirse en un peligro para el transporte aéreo, es por esto que es importante resaltar que siempre se debe seguir el procedimiento estandarizado de tanatopráxia.
a. Líquidos no permitidos.
Son todos aquello líquidos o sustancias que son capaces de colocar en peligro la salud y la seguridad de las personas y el medio ambiente y que por sus características estén incluidas dentro de la reglamentación obre mercancías peligrosas de laResolución 618 de la IATA (International Air Transportation Association) en su Anexo A, en su 50ava Edición o la que se encuentre vigente al momento de su consulta.
b. Certificado de Actividad.
La Dirección Territorial de Salud debe efectuar la Inspección, Vigilancia y Control a los laboratorios de tanatopráxia y a los procedimientos que se allí se realizan, luego de lo cual expedirá la respectiva acta de cumplimiento o incumplimiento de los requisitos sanitarios y certificará cuales de las funerarias y laboratorios de tanatopráxia pueden emitir la Declaración de embalsamamiento y embalaje para el transporte aéreo de cadáveres.
3. CONDICIONES DE EMBALAJE
Para garantizar condiciones adecuadas para el transporte internacional de cadáveres, es necesario que este sea embalado con materiales impermeables resistentes y absorbentes que impidan la filtración de líquidos y la generación de olores; y que descrito de adentro hacia fuera sería: Es importante resaltar que es imperativo que el embalaje lleve un mecanismo que impida la presión de los gases hacia el exterior durante el transporte.
a. Primer ataúd.
Es un ataúd no reutilizable que está en contacto directo con el cuerpo, éste debe ser en material impermeable, a prueba de filtraciones de algún fluido corporal, que garantice un cierre hermético y sea resistente a la manipulación. Se considerará ataúd impermeable cualquier caja o recipiente, fabricado de cualquier material, que pueda conservarse herméticamente sellado con materiales adhesivos de plástico o goma, revestimiento de metal o material semejante que haya sido soldado o fundido.
b. Material absorbente.
Es un material que cuya función es retener los líquidos que se puedan presentar en el primer ataúd y que por diversas contingencias puedan salir de este. Este material se encuentra depositado entre el primer y el segundo ataúd. Atendiendo a los lineamientos establecidos en la Norma Internacional sobre medidas fitosanitarias en Colombia NIMF No. 15, acogida por el ICA mediante la Resolución 1079 de 2004, en la que se describen las medidas de protección fitosanitarias para reducir el riesgo de dispersión de plagas cuarentenarias no se debe utilizar aserrín de madera como material absorbente.
c. Segundo Ataúd.
Un segundo ataúd de un material resistente, de fácil limpieza y desinfección, a prueba de filtraciones, que sirve para contener al primer ataúd y proteger a este del medio circundante y viceversa. Este ataúd puede ser reutilizado, siempre y cuando cumpla con los diferentes protocolos de limpieza y desinfección que establezca la funeraria para garanticen que su reutilización no representa riesgo para la salud pública.
d. Recubrimiento final.
Para el transporte final es importante recubrir el segundo ataúd con un material que sea resistente, que puede ser cartón de grueso calibre y con asas de sujeción firmes que permita su fácil manipulación por parte del personal de las aerolíneas y del aeropuerto.
Causa de la muerte, debidamente certificada.
·
Tiempo de traslado con relación a la hora de la
muerte.
·
Duración del traslado.
·
Medio de transporte del cadáver.
·
Condiciones climatológicas del lugar de defunción,
de las regiones de tránsito.
·
Bolsa de cierre hermético de fácil abertura y
cierre, impermeable, diseñada para traslado de restos humanos.
·
Los orificios naturales del cuerpo deben ser
sellados con algodón empapado en desinfectante.
·
En caso de necropsia deben ser suturados para la
entrega.
·
El cuerpo debe ser lavado y desinfectado.
·
Envolver en su totalidad con tela antifluido.
Tanatopraxia es el
conjunto de prácticas que se realizan sobre un cadáver desarrollando y
aplicando métodos tanto para su higienización, conservación, embalsamamiento,
restauración, reconstrucción y cuidado estético del cadáver, como para el
soporte de su presentación.
El proceso se realiza de acuerdo con las normas higiénico-sanitarias realizando las extracciones que formalmente se le soliciten, respetando los diferentes ritos religiosos y manejando las técnicas y habilidades en relación. La persona tanatopractora es aquella cualificada para desarrollar las técnicas utilizadas en la tanatopraxia.
El proceso se realiza de acuerdo con las normas higiénico-sanitarias realizando las extracciones que formalmente se le soliciten, respetando los diferentes ritos religiosos y manejando las técnicas y habilidades en relación. La persona tanatopractora es aquella cualificada para desarrollar las técnicas utilizadas en la tanatopraxia.
No hay comentarios:
Publicar un comentario